lunes, 3 de junio de 2013

Equipos de protección personal contra caídas

Equipos de protección personal contra caídas

Es un equipo de protección individual (EPI) que protege a la persona que lo lleva ante el riesgo de caídas en altura. Su finalidad es sostener y frenar el cuerpo del usuario en determinados trabajos u operaciones con riesgo de caída, evitando las consecuencias derivadas de la misma.

Eslinga:



Arneses:

Permite dar soporte al cuerpo y distribuir las cargas que se puedan presentar durante el trabajo o al detener una caída.Debe tener una resistencia mínima de 22.2kN, el ancho de las correas que soportan el cuerpo deben tener mínimo 41mm y los hilos de las costuras deben ser de distinto color al material para garantizar su inspección.





Mosquetones:

Son conectores metálicos que cuenta con un sistema de apertura y cierre que les permite unir elementos para generar distintas combinaciones. Actualmente la legislación colombiana solo permite el uso de mosquetones automáticos que se bloquean solos una ves sean manipulados por el operario.



Casco:

Son elementos obligatorios para todo tipo de trabajo en alturas y protegen la cabeza del trabajador de golpes debido a caídas de objetos o partes de la estructura donde se desarrolla el trabajo. Hay estadísticas que muestran que el uso de casco puede elevar la probabilidad de supervivencia a una caída de altura en un 60 %.



Cuerdas:

* cuerdas dinamicas:
Se utilizan cuando el operario Esta expuesto a caídas durante El montaje del sistema de seguridad definitivo.

* cuerdas semiestaticas:
Son las que se utilizan para la gran mayoría de situaciones de trabajo.



Dispositivos anti caída:

Son puntos de anclaje móvil, dotado de bloqueo automático, que acompaña al usuario en su desplazamiento sin intervención manual de éste.

* Deslizantes:



* Rodante:



* contrapeso:



Dispositivos evacuadores o descensores:

Son equipos que permiten al trabajador descender por cuerdas fijas para llegar al, determinado lugar de trabajo.

* Principio de funcionamiento: el sistema genera rozamiento entre sus partes y la cuerda para permitir controlar el descenso y cuando se requiere bloquea el sistema manteniendo al trabajador en una posición



Dispositivos de elevación y descenso:

Constan generalmente de una silla o similar y un sistema o dispositivo de bloqueo, que accionado por el usuario, permita a éste subir o descender y quedar estacionado a una determinada altura mientras realiza el trabajo. En ocasiones puede estar constituido por una plataforma o jaula, en la que el usuario pueda trabajar a pie.





















Ejemplos cotidianos de condiciones inseguras para trabajo en alturas en Bogotá.

Medidas de prevención

OBLIGACIONES Y REQUERIMIENTOS

Todo empleador que tenga trabajadores que realices tareas de trabajo en alturas con riesgo de caídas, esta obligado a lo siguiente: 



  • Realizar evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo  de las historias clínicas ocupacionales
  • Incluir en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el programa de protección contra caídas.
  • Tomar medidas necesarias para la identificación, evaluación y control de los riesgos asociados al trabajo en alturas, a nivel individual por empresa o de manera colectiva para empresas que trabajen en la misma obra
  • Cubrir las condiciones de riesgo de caída en trabajo en alturas. Las medidas de control contra caídas de personas y objetos, deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas
  • Adoptar medidas compensatorias de seguridad, cuando la ejecución de un trabajo particular exija el retiro temporal de cualquier dispositivo de prevención colectiva contra caídas.
  • Disponer de un coordinador de trabajo en alturas, de trabajadores autorizados en el nivel requerido y de ser necesario, un ayudante de seguridad según corresponda a la tarea a realizarse
  • Garantizar que todo trabajador autorizado para trabajo en alturas reciba al menos un reentrenamiento anual 
  • Solicitar las pruebas que garanticen el funcionamiento del sistema de protección contra caídas y/o los certificados que lo avalen.
  • Incluir dentro del plan de emergencias un procedimiento para la atención y rescate en alturas con recursos y personal entrenado. 




napo trabalho em altura


           


Normas y practicas para trabajo seguro en alturas.


Video con fines educacionales que muestran los diferentes parámetros y elementos de protección personal a considerar en trabajos de altura física.  



martes, 21 de mayo de 2013

Riegos del trabajo en las alturas


El trabajo en alturas es una de las actividades laborales mas peligrosas que existen; el trabajador puede verse afectado por múltiples riesgos, tales como: electrocución  quemaduras por calor, químicos y/o radiaciones, golpes contra estructuras o objetos en movimiento, heridas cortantes o punzantes y otros que pudieran presentarse dependiendo del trabajo a realizar y las condiciones del mismo ( el riesgo especifico y principal es la caída libre).

Identificación de riesgos: 
  • Atrapamiento 
  • Caída de personas u objetos 
  • Contacto con lineas eléctricas 
  • Golpes o desplomes
Condiciones inseguras: Las condiciones inseguras que pueden dar lugar a una caída en altura pueden ser muchas, aunque las más habituales, de forma muy genérica, se pueden resumir así:
  • Andamios
  • Escalas y escaleras
  • Plataformas 
  • Pilares, postes, torres y columnas 
  • Pozos, zanjas y aberturas 
  • Tejados y cubiertas 
  • Voladizos 
  • Desniveles 
  • Maquinas y equipos de elevación
  • Depósitos, tanques y cisternas  
  • Tuberías grandes 
  • Estructuras
  • Huecos de ascensores 
  • Rampas








Normatividad colombiana

La reglamentación de la seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas, esta establecida en la Ley 1049 de 2012.

Esta ley determina ciertas definiciones a la hora de hablar de trabajos en alturas:
 


1. Absorbedor de choque: Equipo cuya función es disminuir las fuerzas de impacto en el cuerpo del trabajador o en los puntos de anclaje en el momento de una caída.
  
2. Acceso por cuerdas: Técnica de ascenso, descenso y progresión por cuerdas con equipos especializados para tal fin, con el propósito de acceder a un lugar especifico de una estructura.

3. Anclaje: Punto seguro al que pueden conectarse equipos personales de protección contra caídas con resistencia certificada a la rotura y un factor de seguridad, diseñados y certificados en su instalación por un fabricante y/o una persona calificada. Puede ser fijo o móvil según la necesidad.

4. Aprobación de equipos: Documento escrito y firmado por una persona calificada, emitiendo su concepto de cumplimiento con los requerimientos del fabricante.

5. Arnés de cuerpo completo: Equipo de protección personal diseñado para distribuir en varias partes del cuerpo el impacto generado durante una caída. Es fabricado en correas cosidas y debidamente aseguradas, e incluye elementos para conectar equipos y asegurarse a un punto de anclaje. Debe ser certificado bajo un estándar nacional o internacionalmente
aceptado.

6. Ayudante de Seguridad: Trabajador designado por el empleador para verificar las condiciones de seguridad y controlar el acceso a las áreas de riesgo de caída de objetos o personas. Debe tener una constancia de capacitación en protección contra caídas para trabajo seguro en alturas en nivel avanzado o tener certificado de competencia laboral para trabajo seguro en alturas.
 
7. Baranda: Barrera que se instala al borde de un lugar para prevenir la posibilidad de caída. Debe garantizar una capacidad de carga y contar con un travesaño de agarre superior, una barrera colocada a nivel del suelo para evitar la caída de objetos y un travesaño intermedio o barrera intermedia que prevenga el paso de personas entre el travesaño superior y la barrera inferior.
 
8. Capacitación: Para efectos de esta norma, es toda actividad realizada en una empresa o institución autorizada, para responder a sus necesidades, con el objetivo de preparar el talento humano mediante un proceso en el cual el participante comprende, asimila, incorpora y aplica conocimientos, habilidades, destrezas que lo hacen competente para ejercer sus labores en el puesto de trabajo.
 
9. Centro de entrenamiento: Sitio destinado para la formación de personas en trabajo seguro en alturas, que cuenta con infraestructura adecuada para desarrollar y/o fundamentar el conocimiento y las habilidades necesarias para el desempeño del trabajador, y la aplicación de las técnicas relacionadas con el uso de equipos y configuración de sistemas de Protección Contra Caídas de alturas. Además de las estructuras, el Centro de Entrenamiento deberá contar con equipos de Protección Contra Caídas Certificados, incluyendo líneas de vida verticales y horizontales, sean portátiles o fijas y todos los recursos para garantizar una adecuada capacitación del trabajador.
 
Los centros de entrenamiento que se utilicen para impartir la formación de trabajo seguro en
alturas, deben cumplir con las normas de calidad que adopte el Ministerio del Trabajo.